Demandas, detenciones y citatorios, actos
de presión contra periodistas
Libertad de expresión: Uso y abuso
de la ley
Balbina Flores Martínez
Coordinadora del Programa de Protección
a Periodistas de la Academia Mexicana de Derechos Humanos y corresponsal
de Reporteros sin Fronteras en México.
De acuerdo con el recuento elaborado
por la Red Mexicana de Protección a Periodistas, en el
2001 las libertades de expresión e información en
el país registraron un deterioro por dos aspectos preocupantes:
incremento en el número de las agresiones respecto del
año previo, y aumento de los incidentes intimidatorios
contra informadores por la vía legal.
Se consignaron 126 actos contra las libertades informativas frente
a los 101 ocurridos en el 2000. Del total, hubo tres asesinatos,
cuando en el año pasado ocurrieron dos. Además,
tanto en los estados como en el Distrito Federal, las demandas
y citatorios judiciales en término generales se mantuvieron.
El presente informe confirma que la prensa sigue siendo el sector
de los medios de comunicación donde se registra el mayor
número de agravios. Por especialidad, el sector de los
reporteros ocupó el primer lugar con 33%, seguido de los
columnistas (8%), los corresponsales (8%) y los fotorreporteros
(7%).
Respecto a la fuente informativa o área que cubre el periodista,
las cifras son parecidas a las de años anteriores. Los
informadores de la fuente política enfrentaron el 29% de
los casos; quienes cubren información general 24%; y aquellos
que manejan la fuente policiaca, 22%.
En este contexto, un hecho llama la atención: en el periodo
analizado, las demandas contra periodistas tienden a incrementarse
por presuntos casos de difamación o por citas a declarar
"en calidad de testigos".
El aumento de citatorios, demandas e incluso detenciones pueden
significar actos intimidatorios a la libertad de expresión,
tal como lo señala la Declaración de Principios
sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos:
la censura previa, interferencia,
o presión directa o indirecta sobre cualquier forma de
expresión, opinión o información difundida
a través de cualquier medio de comunicación oral,
escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar
prohibida.
La situación descrita
es provocada, por un lado, debido al vacío jurídico
que representa la ausencia de una reglamentación al artículo
6o. Constitucional, y por otro, al abuso de ese recurso legal
por parte de la autoridad.
En cuanto a los actos inhibitorios, en el 2001, hubo 11% de citatorios
a comparecer y 10% de demandas. Mientras que en el 2000, en ese
rubro se registró 17% de citas a comparecer, seguido por
las demandas con 6%, y en 1999 se consignaron 11% de demandas,
9% de detenciones y 7% de citas a comparecer.
De acuerdo con el seguimiento hemerográfico y documental,
durante el año pasado la situación en el Distrito
Federal es igual de preocupante. Aunque el número de incidentes
fueron 49, entre agresiones y actos intimidatorios -uno menos
que en el 2000-, los hechos que pueden significar presiones a
periodistas y medios se elevaron de 35 a 53%.
Lo anterior indica que las personas, entidades u organizaciones
sociales que se sienten agraviadas por la información difundida
en México, acuden cada vez más a mecanismos legales
como las demandas, que ocuparon 14% y las citas a comparecer ante
la autoridad (8%). Cabe aclarar que muchos de tales actos tienen
relación con información publicada relativa a situaciones
de corrupción, abuso de autoridad y violaciones a los derechos
humanos.
Las cifras señaladas revelan además que este tipo
de actos ocupa un peligroso segundo lugar, después de las
agresiones físicas.
Con todo ello no queremos exculpar de responsabilidad profesional
a aquellos periodistas que pudieran haber incurrido en alguna
falta de ética. Pero tampoco podemos permitir que se haga
uso de la ley para inhibir la labor periodística, por aquellos
que han visto afectados sus intereses políticos y/o económicos.
No es extraño que en el presente informe, más de
las tres cuartas partes de los 126 casos registrados tengan aparentes
implicaciones de carácter profesional. Lo anterior nos
lleva a concluir que cierta información difundida en los
medios se está convirtiendo en materia de litigio en los
ámbitos sociales, económicos o políticos.
Ello significa que hay una línea muy frágil entre
la labor social de los informadores, los poderes que sienten afectados
sus intereses y las autoridades, las cuales tienen el deber de
procurar e impartir justicia.
Esta situación resulta contradictoria en un momento en
que nuestro país vive un proceso de aparente apertura democrática,
donde uno de los principales temas de la agenda política
nacional ha sido el derecho de acceso a la información
pública.
El presente informe recoge algunos casos de demandas y citatorios
a periodistas entre los que se encuentra el de Rey Miguel Hernández,
reportero de El Sol de Acapulco, citado a declarar por el agente
del Ministerio Público Militar, Rafael Saldaña Julián,
adscrito a la XXVII Zona Militar con sede en Ticui, Municipio
de Atoyac, Guerrero. El motivo: la publicación de denuncias
de los habitantes de esa región, con relación al
hostigamiento de que eran objeto por parte del ejército.
Carolina Pavón, reportera del periódico Reforma,
fue citada a comparecer hasta en dos ocasiones por parte de la
Procuraduria General de Justicia del Distrito Federal, en relación
con una demanda presentada por la exjefa de gobierno Rosario Robles.
El columnsita Eduardo López Betancourt hasta la fecha cuenta
con una demanda penal y orden de aprehensión por una presunta
difamación en contra del actual Secretario de Seguridad
Pública, Alejandro Gertz Manero.
En torno a este tipo de actos que pudieran considerarse inhibitorios
al quehacer periodístico, es preciso manifestar que será
imposible revertirlos mientras no se cuente con un marco legal
que garantice plenamente las libertades de expresión e
información, tal como plantea la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, en sus recomendaciones al Gobierno Mexicano
en su informe de 1998.
Resulta también indispensable que el gremio de los periodistas
se involucre de manera permanente, con análisis y participación
activa: denunciando y documentando aquellos hechos que atentan
contra la libre expresión y realizando propuestas legislativas
encaminadas a promover e impulsar los diferentes instrumentos
del derecho a la información, entre ellos el derecho al
secreto profesional del periodista.
Para concluir, resulta de la mayor relevancia que las autoridades
investiguen y sancionen a los responsables de los asesinatos,
amenazas, agresiones y hostigamientos contra periodistas y medios
de comunicación en México. De lo contrario, se estará
violando lo establecido en la misma Declaración de Principios
sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana
de Derechos Humanos, que establece:
El asesinato, secuestro,
intimidación, amenazas a los comunicadores sociales, así
como la destrucción material de los medios de comunicación,
viola los derechos humanos fundamentales de las personas. Es deber
de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a
sus autores y asegurar a las víctimas una reparación
adecuada.