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Demandas, detenciones y citatorios, actos de presión contra periodistas

Libertad de expresión: Uso y abuso de la ley

Balbina Flores Martínez

Coordinadora del Programa de Protección a Periodistas de la Academia Mexicana de Derechos Humanos y corresponsal de Reporteros sin Fronteras en México.



De acuerdo con el recuento elaborado por la Red Mexicana de Protección a Periodistas, en el 2001 las libertades de expresión e información en el país registraron un deterioro por dos aspectos preocupantes: incremento en el número de las agresiones respecto del año previo, y aumento de los incidentes intimidatorios contra informadores por la vía legal.

Se consignaron 126 actos contra las libertades informativas frente a los 101 ocurridos en el 2000. Del total, hubo tres asesinatos, cuando en el año pasado ocurrieron dos. Además, tanto en los estados como en el Distrito Federal, las demandas y citatorios judiciales en término generales se mantuvieron.

El presente informe confirma que la prensa sigue siendo el sector de los medios de comunicación donde se registra el mayor número de agravios. Por especialidad, el sector de los reporteros ocupó el primer lugar con 33%, seguido de los columnistas (8%), los corresponsales (8%) y los fotorreporteros (7%).

Respecto a la fuente informativa o área que cubre el periodista, las cifras son parecidas a las de años anteriores. Los informadores de la fuente política enfrentaron el 29% de los casos; quienes cubren información general 24%; y aquellos que manejan la fuente policiaca, 22%.

En este contexto, un hecho llama la atención: en el periodo analizado, las demandas contra periodistas tienden a incrementarse por presuntos casos de difamación o por citas a declarar "en calidad de testigos".
El aumento de citatorios, demandas e incluso detenciones pueden significar actos intimidatorios a la libertad de expresión, tal como lo señala la Declaración de Principios sobre la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos:

la censura previa, interferencia, o presión directa o indirecta sobre cualquier forma de expresión, opinión o información difundida a través de cualquier medio de comunicación oral, escrito, artístico, visual o electrónico, debe estar prohibida.

La situación descrita es provocada, por un lado, debido al vacío jurídico que representa la ausencia de una reglamentación al artículo 6o. Constitucional, y por otro, al abuso de ese recurso legal por parte de la autoridad.

En cuanto a los actos inhibitorios, en el 2001, hubo 11% de citatorios a comparecer y 10% de demandas. Mientras que en el 2000, en ese rubro se registró 17% de citas a comparecer, seguido por las demandas con 6%, y en 1999 se consignaron 11% de demandas, 9% de detenciones y 7% de citas a comparecer.

De acuerdo con el seguimiento hemerográfico y documental, durante el año pasado la situación en el Distrito Federal es igual de preocupante. Aunque el número de incidentes fueron 49, entre agresiones y actos intimidatorios -uno menos que en el 2000-, los hechos que pueden significar presiones a periodistas y medios se elevaron de 35 a 53%.

Lo anterior indica que las personas, entidades u organizaciones sociales que se sienten agraviadas por la información difundida en México, acuden cada vez más a mecanismos legales como las demandas, que ocuparon 14% y las citas a comparecer ante la autoridad (8%). Cabe aclarar que muchos de tales actos tienen relación con información publicada relativa a situaciones de corrupción, abuso de autoridad y violaciones a los derechos humanos.

Las cifras señaladas revelan además que este tipo de actos ocupa un peligroso segundo lugar, después de las agresiones físicas.

Con todo ello no queremos exculpar de responsabilidad profesional a aquellos periodistas que pudieran haber incurrido en alguna falta de ética. Pero tampoco podemos permitir que se haga uso de la ley para inhibir la labor periodística, por aquellos que han visto afectados sus intereses políticos y/o económicos.

No es extraño que en el presente informe, más de las tres cuartas partes de los 126 casos registrados tengan aparentes implicaciones de carácter profesional. Lo anterior nos lleva a concluir que cierta información difundida en los medios se está convirtiendo en materia de litigio en los ámbitos sociales, económicos o políticos. Ello significa que hay una línea muy frágil entre la labor social de los informadores, los poderes que sienten afectados sus intereses y las autoridades, las cuales tienen el deber de procurar e impartir justicia.

Esta situación resulta contradictoria en un momento en que nuestro país vive un proceso de aparente apertura democrática, donde uno de los principales temas de la agenda política nacional ha sido el derecho de acceso a la información pública.

El presente informe recoge algunos casos de demandas y citatorios a periodistas entre los que se encuentra el de Rey Miguel Hernández, reportero de El Sol de Acapulco, citado a declarar por el agente del Ministerio Público Militar, Rafael Saldaña Julián, adscrito a la XXVII Zona Militar con sede en Ticui, Municipio de Atoyac, Guerrero. El motivo: la publicación de denuncias de los habitantes de esa región, con relación al hostigamiento de que eran objeto por parte del ejército.

Carolina Pavón, reportera del periódico Reforma, fue citada a comparecer hasta en dos ocasiones por parte de la Procuraduria General de Justicia del Distrito Federal, en relación con una demanda presentada por la exjefa de gobierno Rosario Robles.

El columnsita Eduardo López Betancourt hasta la fecha cuenta con una demanda penal y orden de aprehensión por una presunta difamación en contra del actual Secretario de Seguridad Pública, Alejandro Gertz Manero.

En torno a este tipo de actos que pudieran considerarse inhibitorios al quehacer periodístico, es preciso manifestar que será imposible revertirlos mientras no se cuente con un marco legal que garantice plenamente las libertades de expresión e información, tal como plantea la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, en sus recomendaciones al Gobierno Mexicano en su informe de 1998.

Resulta también indispensable que el gremio de los periodistas se involucre de manera permanente, con análisis y participación activa: denunciando y documentando aquellos hechos que atentan contra la libre expresión y realizando propuestas legislativas encaminadas a promover e impulsar los diferentes instrumentos del derecho a la información, entre ellos el derecho al secreto profesional del periodista.

Para concluir, resulta de la mayor relevancia que las autoridades investiguen y sancionen a los responsables de los asesinatos, amenazas, agresiones y hostigamientos contra periodistas y medios de comunicación en México. De lo contrario, se estará violando lo establecido en la misma Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, que establece:

El asesinato, secuestro, intimidación, amenazas a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos humanos fundamentales de las personas. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada.